| ATENCIÓN: | Esta ayuda se encuentra fuera de plazo. Se actualizará la entrada cuando se publique la del siguiente año. |
ORDEN de 11 de mayo de 2012, del Consejero de Economía y
Empleo, por la que se convocan Ayudas a la Internacionalización de las
Empresas Aragonesas para el año 2012.
1.-Actuaciones objeto de subvención.
Podrán ser objeto de subvención los gastos en que incurran las pymes o
agrupaciones de pymes con alguna de las siguientes finalidades:
a) Elaboración un plan de internacionalización.
b) Puesta en marcha del plan de internacionalización.
c) Cooperación empresarial entre empresas aragonesas y/o empresas aragonesas y extranjeras para la proyección en el exterior.
d) Participación en concursos y licitaciones internacionales.
2.- Gastos subvencionables.
Serán subvencionables los gastos que se citan a continuación, siempre
que se encuentren asociados a las actuaciones mencionadas en el
apartado cuarto de la presente orden:
a) Gastos asociados al establecimiento de acuerdos de cooperación
entre empresas en materia de internacionalización (incluyendo acuerdos
joint-venture, proyectos de benchmarking).
b) La preparación de ofertas para la participación en concursos y
licitaciones internacionales, incluyendo gastos de consultoría y otros
necesarios para la presentación del proyecto.
c) Gastos derivados de consultas y suscripciones en materia de información sobre concursos y licitaciones internacionales.
d) Gastos de consultoría especializada para el análisis y puesta en marcha de planes de internacionalización.
e) Adquisición de estudios de mercado particularizados para la empresa.
f) Contratación de personal especializado para el área de comercio
exterior y de personal para representación u otro tipo de labor
comercial en el país de destino.
En lo que se refiere a las contrataciones de personal, sólo se
considerarán las producidas durante el periodo de referencia de esta
convocatoria, y en relación con el gasto incurrido en el citado periodo,
entendiendo siempre que la orden se refiere a contratos laborales.
g) Misiones comerciales inversas.
h) Gastos asociados a la puesta en marcha de delegaciones
comerciales, instalaciones logísticas, servicios técnicos y apoyo
post-venta en el exterior.
i) Gastos de homologaciones, certificaciones y registros.
j) Contratación de servicios especializados para la adaptación
gráfica de la marca al mercado exterior, del packaging y los manuales
técnicos de los productos; así como para el diseño o rediseño de
productos.
k) Adaptación y/o diseño de catálogos en lengua extranjera o destinados específicamente al mercado internacional.
l) Diseño de páginas web y/o comercio electrónico destinados al mercado internacional.
m) Otras acciones de difusión y publicidad de ámbito internacional
que no estén asociadas a la presencia en ferias y/o certámenes
internacionales.
n) Cualesquiera otros no especificados en los epígrafes anteriores
que resulten, a juicio de la comisión técnica de valoración necesarios
para potenciar las actuaciones objeto de subvención.
3.- Cuantía.
1. Las ayudas consistirán en subvenciones a fondo perdido de hasta el
50% de los gastos elegibles objeto de subvención, los cuales en
cualquier caso no podrán superar la cantidad acumulada de 40.000,00
euros por beneficiario.
2. La base mínima subvencionable será de 3.000 euros.
4.-Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 20 de julio de 2012.
Toda la información en este enlace: http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=672400483434